Formulario de Contacto (OIRS)

Creada por Oirs, Modificado el Mié., 3 Jun. a las 10:07 A. M. por Oirs

En general, su objetivo poner en conocimiento público información relevante acerca de sus políticas, planes, programas, acciones y presupuestos, asegurando que ésta sea oportuna, completa y ampliamente accesible.


Esta información también puede una consulta o solicitud, una sugerencia u opinión, hasta un reclamo o felicitación. principalmente, a través de los mecanismos que se derivan de la Ley del Procedimientos Administrativos y las instrucciones para el establecimiento de oficinas de información para el público usuario en la administración del Estado, como la OIRS.


En particular, el objetivo de este proceso es permitir el inicio de un procedimiento administrativo a solicitud de parte.



Requisitos y antecedentes para acceder al servicio


En caso que el procedimiento se inicie a petición de parte interesada, la solicitud que se formule deberá contener:


a) Nombre y apellidos del interesado y, en su caso, de su apoderado, así como el medio electrónico a través del cual se llevarán a cabo las notificaciones, pudiendo para estos efectos indicar una dirección de correo electrónico, caso en el cual se entenderá éste como domicilio válido para practicar las notificaciones, el que se incluirá en el registro indicado en el artículo 46. Excepcionalmente, podrá indicar un medio alternativo de notificación, en los términos señalados en dicho artículo.


b) Hechos, razones y peticiones en que consiste la solicitud.


c) Lugar y fecha.


d) Firma del solicitante o acreditación de la autenticidad de su voluntad expresada por cualquier medio habilitado.


e) Órgano administrativo al que se dirige.


f) Manifestación si se autoriza al órgano de la Administración del Estado que tuviera en su poder documentos o información que contengan datos de carácter sensible del interesado, para que éstos sean remitidos por medios electrónicos al órgano que corresponda resolver en el procedimiento respectivo, conforme al artículo 9º de la ley Nº 19.628.


Cuando las pretensiones correspondientes a una pluralidad de personas, tengan un contenido y fundamento idéntico o sustancialmente similar, podrán ser formuladas en una única solicitud, salvo que las normas reguladoras de los procedimientos específicos dispongan otra cosa.


De las solicitudes, comunicaciones y escritos que presenten los interesados en las oficinas de la Administración, podrán éstos exigir el correspondiente recibo que acredite la fecha de presentación, considerándose suficiente acreditación un certificado de ingreso generado por la plataforma electrónica donde se acceda al expediente electrónico, en el que figure la fecha de presentación.


La Administración deberá establecer formularios de solicitudes cuando se trate de procedimientos de común tramitación, los que estarán a disposición de los ciudadanos por medios electrónicos o en las dependencias administrativas, en los casos autorizados de tramitación mediante presentaciones en soporte de papel.

 

Los solicitantes podrán acompañar los documentos que estimen convenientes para precisar o completar los datos del formulario, los cuales deberán ser admitidos y tenidos en cuenta por el órgano al que se dirijan.


 Si la solicitud de iniciación no reúne los requisitos señalados precedentemente y los exigidos, en su caso, por la legislación específica aplicable, se requerirá al interesado para que, en un plazo de cinco días, subsane la falta o acompañe los documentos respectivos, con indicación de que, si así no lo hiciere, se le tendrá por desistido de su petición.


En los procedimientos iniciados a solicitud de los interesados, el órgano competente podrá recabar del solicitante la modificación o mejora voluntarias de los términos de aquélla. De ello se levantará acta sucinta, que se incorporará al procedimiento.


Enlace de trámite en línea


https://slepmargamarga.gob.cl/contacto/


Completar el formulario de contacto y detallar la solicitud deseada, cumpliendo los requisitos indicados.


Valor del servicio


Gratuito


Lugar donde se realiza o solicita


Presencialmente, en calle Mena 997, Quilpué.


En línea, en el enlace indicado.

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